La cuantificación de la indemnización por despido en España es una de las operaciones jurídicas de mayor rigor técnico del Derecho Social. Tras la reforma laboral de febrero de 2012 (Real Decreto-ley 3/2012 y Ley 3/2012), el Estatuto de los Trabajadores modificó los baremos de compensación, estableciendo un sistema de doble tramo transitorio que coexiste con la indemnización por despido objetivo por causas económicas o técnicas. En esta guía desglosamos las fórmulas matemáticas para calcular el salario diario regulador, cómo se prorratean los meses incompletos y cómo aplican los topes de 720 días (24 mensualidades) y 1.260 días (42 mensualidades).
Calcular tu Indemnización Exacta por Despido Improcedente u Objetivo
Revisa también nuestra guía pilar sobre Liquidación por Despido y Estatuto de los Trabajadores.
1. Paso 1: Cómo Calcular el Salario Diario Regulador
El salario que sirve de base para el cálculo de la indemnización no es simplemente el sueldo neto que aparece en la transferencia bancaria; es el Salario Bruto Anual Total devengado en los doce meses anteriores al despido, dividido entre 365 días (o 366 si es año bisiesto):
- Se deben sumar: salario base bruto, pluses salariales, complementos de puesto y el importe íntegro de las pagas extraordinarias (estén o no prorrateadas en nómina).
- También se incluyen comisiones, incentivos y complementos variables percibidos en los últimos doce meses.
- Fórmula:
Salario Diario = Salario Bruto Anual ÷ 365.
2. Las Diferencias Clave entre Despido Objetivo y Despido Improcedente
| Calificación Jurídica del Despido | Días de Salario por Año Trabajado | Tope Máximo Legal Establecido | Requisitos Formales Ineludibles |
|---|---|---|---|
| Despido Objetivo (Art. 52 y 53 ET) | 20 días de salario por año | 12 mensualidades (máximo 360 días) | Carta escrita motivada + puesta a disposición simultánea de la indemnización + preaviso de 15 días. |
| Despido Improcedente Post-2012 (Art. 56 ET) | 33 días de salario por año | 24 mensualidades (máximo 720 días) | Falta de causa objetiva probada o defectos formales graves reconocidos en SMAC o Juzgado Social. |
| Despido Improcedente Antigüedad Mixta (Pre-2012) | 45 días / año (tramo 1) + 33 días / año (tramo 2) | 720 días (salvo que tramo 1 ya supere 720, tope 1.260 días) | Contratos iniciados con anterioridad al 12 de febrero de 2012. |
3. Cómo se Prorratean los Meses Sueltos de Antigüedad
El artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores dispone que los períodos de tiempo inferiores a un año se prorratean por meses completos. Esto significa que cualquier fracción de mes (incluso haber trabajado 3 o 5 días del mes) se computa obligatoriamente a efectos de la indemnización como un mes completo adicional trabajado (se divide la antigüedad entre 12 meses).
| Salario Bruto Anual de Referencia | Antigüedad Acreditada | Indemnización Despido Objetivo (20 Días) | Indemnización Despido Improcedente (33 Días) |
|---|---|---|---|
| 21.000 € brutos/año (57,53 €/día) | 2 años y 3 meses | 2.589,04 € | 4.271,92 € |
| 30.000 € brutos/año (82,19 €/día) | 6 años y 5 meses | 10.548,22 € | 17.404,56 € |
| 45.000 € brutos/año (123,29 €/día) | 10 años completos | 24.657,53 € | 40.684,93 € |
4. Exención Fiscal de la Indemnización en el IRPF (Límite 180.000 €)
La indemnización por despido improcedente u objetivo está totalmente exenta de tributar en el IRPF hasta el límite de 180.000 euros, siempre y cuando la improcedencia sea reconocida formalmente en el acto de conciliación previa ante el SMAC o mediante sentencia del Juzgado de lo Social. Si la empresa te abona la indemnización de forma voluntaria en la nómina sin pasar por el SMAC, la Agencia Tributaria (Hacienda) considerará el dinero como rendimiento de trabajo ordinario y te retendrá hasta un 45% de IRPF.