En el mercado laboral de España, existe una confusión muy extendida entre los conceptos de indemnización por despido y documento de liquidación de saldo y finiquito. La indemnización por despido solo se abona si la empresa extingue el contrato sin justa causa o por causas objetivas. El finiquito, en cambio, se cobra SIEMPRE, con independencia de cuál haya sido el motivo de finalización de la relación laboral: tanto si es un despido procedente, fin de contrato temporal o si es el propio trabajador quien presenta una baja voluntaria. En esta guía detallamos cómo auditar al milímetro cada partida del finiquito.
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Revisa también nuestra guía pilar sobre Cálculo de Sueldos y Finiquitos Laborales.
1. Las 4 Partidas Obligatorias de Todo Finiquito
| Partida del Finiquito | Método de Liquidación Jurídico | Regla Fiscal y de Cotización |
|---|---|---|
| Salario de los Días del Mes en Curso | Salario diario × Días trabajados hasta la fecha de baja. | Tributa en IRPF y cotiza normalmente a la Seguridad Social. |
| Pagas Extraordinarias Pendientes | Proporcional devengado de las pagas de verano y navidad (si no estaban prorrateadas mes a mes). | Tributa en IRPF como retribución ordinaria. |
| Vacaciones Devengadas No Disfrutadas | 2,5 días de sueldo por cada mes trabajado en el año natural (30 días/año). | Cotizan a la Seguridad Social y amplían el plazo para pedir el paro. |
| Indemnización por Falta de Preaviso | Salario diario por cada día de preaviso omitido por la empresa en despido objetivo. | A favor del empleado si la empresa no avisó con 15 días. |
2. Cómo se Calculan las Vacaciones No Disfrutadas
Por imperativo del artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador genera derecho a un mínimo de 30 días naturales (o 22 días laborables) de vacaciones por cada año completo de trabajo (lo que equivale a 2,5 días naturales por mes):
- Si un trabajador finaliza su contrato el 30 de junio habiendo disfrutado únicamente 5 días de vacaciones, ha devengado:
6 meses × 2,5 = 15 días. - Le quedan pendientes:
15 - 5 = 10 días de salario íntegro. - Estos 10 días se liquidan multiplicando su salario diario bruto y conllevan la obligación de la empresa de cotizar por ellos a la Seguridad Social.
3. Cláusula de Salvedad al Firmar el Finiquito
Si la empresa te entrega el documento de finiquito pero no te ha ingresado el dinero en cuenta, o si no estás de acuerdo con el cálculo de las vacaciones o pagas extra, escribe siempre al lado de tu firma: ‘RECIBIDO NO CONFORME Y PENDIENTE DE COBRO’ con la fecha del día. Si firmas en blanco o sin esa salvedad, la empresa aportará el finiquito con valor liberatorio ante el juez impidiéndote reclamar las cantidades adeudadas.