Una de las reformas más favorables para los lesionados introducidas por la Ley 35/2015 en España (mediante la modificación del artículo 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro y el Real Decreto 1148/2015) fue la creación del procedimiento de peritaje médico forense extrajudicial a través del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML). Hasta antes de esta norma, si una aseguradora hacía una oferta rácana, el lesionado estaba obligado a pagar de su bolsillo entre 600 € y 1.500 € a un perito médico privado para poder discutir en juicio. Hoy en día, la ley te permite exigir que un médico forense del Estado te reconozca con cargo exclusivo a la cuenta bancaria de la aseguradora. En esta guía te explicamos cómo solicitarlo paso a paso.
Verificar tu Indemnización Real Antes de Solicitar el Examen Forense IML
Revisa también nuestra monografía pilar sobre Cómo Reclamar a la Aseguradora y Auditar la Oferta Motivada.
1. Requisitos Indispensables para Pedir el Peritaje del Forense
Para que el Instituto de Medicina Legal admita la solicitud y cite al lesionado a consulta forense, deben concurrir obligatoriamente tres condiciones previas:
- Haber presentado la reclamación previa formal: Debes haber enviado burofax o comunicación fehaciente a la aseguradora solicitando la indemnización.
- Haber recibido la Oferta Motivada: La aseguradora debe haber emitido su oferta económica acompañada del informe médico pericial de sus propios doctores.
- Disconformidad del lesionado: El lesionado no debe estar de acuerdo con los días de baja o puntos de secuela reconocidos por la compañía.
2. Quién Paga el Examen Forense: Gratuidad Total para la Víctima
El Real Decreto 1148/2015 establece con absoluta claridad que el coste de la prueba pericial forense del Instituto de Medicina Legal es asumido en un 100% por la entidad aseguradora. El lesionado no debe pagar ninguna tasa, arancel ni fianza judicial. Incluso si el forense ratificara la oferta de la compañía, el coste del informe lo sigue pagando la aseguradora por imperativo legal.
| Fase del Procedimiento IML | Plazo Típico de Tramitación | Efecto Jurídico y Procesal |
|---|---|---|
| Solicitud conjunta o unilateral | Tras recibir oferta motivada | Se suspende el plazo de prescripción de 1 año para demandar. |
| Citación y Examen Forense | 15 a 45 días tras solicitud | Examen físico en la sede del IML de la provincia del lesionado. |
| Emisión del Informe Forense Oficial | Aproximadamente 1 mes tras examen | Dictamen neutral con presunción de objetividad institucional. |
| Nueva Oferta Motivada Obligatoria | 1 mes desde recepción del IML | La aseguradora debe actualizar su oferta conforme al dictamen forense. |
3. La Fuerza Probatoria del Informe Forense Frente al Perito de la Compañía
En el 85% de los casos, el informe del forense del IML reconoce un número sustancialmente mayor de días moderados y puntos de secuela que el informe unilateral del médico a sueldo de la aseguradora. Ante los jueces de primera instancia, el informe del Instituto de Medicina Legal goza de una presunción reforzada de imparcialidad y objetividad científica, lo que obliga a la aseguradora a claudicar y pagar la diferencia sin necesidad de llegar a la vista de juicio oral.