1. Misión Editorial y Propósito del Portal
IndemnizaCálculo (indemnizacalculo.com) nace con la vocación de democratizar el acceso a la verdad matemática y actuarial que subyace en las indemnizaciones por siniestros de tráfico y las liquidaciones por despido laboral. Tanto en España como en Ecuador, los ciudadanos se enfrentan con frecuencia a liquidaciones empresariales unilaterales o a ofertas motivadas a la baja por parte de aseguradoras que aprovechan la complejidad técnica de la normativa para reducir las cuantías legales.
Nuestra misión es poner en manos de los trabajadores y lesionados herramientas algorítmicas transparentes, rigurosas y actualizadas que les permitan auditar en segundos cualquier propuesta económica antes de estampar su firma en un documento transaccional o un acta de finiquito.
2. Metodología Actuarial y Normativa de Referencia en España 🇪🇸
En la rama de siniestros viales y responsabilidad civil, nuestros modelos implementan las resoluciones oficiales de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) y el sistema de valoración de la Ley 35/2015 (Baremo de Tráfico):
- Perjuicio Personal Básico y Particular por Días: Distinción tarifaria diaria entre días de hospitalización (perjuicio grave), días de pérdida temporal de calidad de vida moderada (baja laboral o impeditivos) y días básicos de estabilización lesional.
- Fórmula Polinómica de Balthazar (Art. 98): Aplicación estricta de la fórmula matemática para secuelas concurrentes
[M + ((100 - M) * m) / 100]con redondeo al entero superior, integrando las tablas actuariales 2.A.2 de valor del punto según la edad de la víctima al momento del accidente. - Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015): Cálculo de despido improcedente a 33 días por año trabajado (máximo 24 mensualidades / 720 días) y cálculo transitorio a 45 días para antigüedades previas a febrero de 2012, junto a las liquidaciones objetivas de 20 días por año y finiquito de vacaciones devengadas.
3. Metodología Legal y Normativa de Referencia en Ecuador 🇪🇨
Para la jurisdicción ecuatoriana, las calculadoras siguen las directrices oficiales del Ministerio del Trabajo, la Fiscalía General del Estado y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS):
- Despido Intempestivo (Art. 188 del Código del Trabajo): Aplicación del cómputo legal donde la fracción de un año se considera como año completo, garantizando el cobro mínimo de 3 sueldos completos (hasta 3 años de servicio) y 1 sueldo por año adicional hasta el tope de 25 remuneraciones.
- Bonificación por Desahucio (Art. 185): Liquidación adicional obligatoria del 25% de la última remuneración mensual completa por cada año de servicio efectivamente cumplido.
- Décimos y Beneficios de Ley: Cálculo proporcional exacto del Décimo Tercer Sueldo (Art. 111), Décimo Cuarto Sueldo (Art. 113 fijado en 1 Salario Básico Unificado vigente) y compensación de vacaciones no gozadas (Art. 69 y 71).
- Sistema Público SPPAT y Art. 152/379 del COIP: Integración de las coberturas del SPPAT ($3.000 USD médicos y $5.000 USD por discapacidad o fallecimiento) complementadas con los montos exigibles de reparación integral según los días de incapacidad dictaminados por el médico legista en audiencias penales de flagrancia y conciliación.
4. Comité Técnico y Canales de Comunicación
El portal es auditado periódicamente por especialistas en Derecho Social, Responsabilidad Civil y Análisis de Datos Actuariales. Cualquier sugerencia técnica, actualización de normativas vigentes o propuesta de colaboración institucional puede remitirse a nuestro buzón permanente: info@indemnizacalculo.com.